Ley de eutanasia: Entre el estatismo y la libertad

Desde una columna que lleva su firma publicada por el diario El Observador, el diputado Ope Pasquet insistía esta semana con imponer al país una ley de eutanasia a su antojo.

Bajo el – a nuestro entender – desacertado título de Una votación clave en mayo: por la libertad, Pasquet busca justificar un proyecto que se ha convertido en su obsesión y, que de aprobarse, dejaría al descubierto el estéril devenir de un Parlamento del que no parecen surgir proyectos serios y trascendentes en beneficio de los orientales.

El diputado insiste en ejemplificar con situaciones puntuales, la necesidad de someter a toda la ciudadanía a tener un marco legal capaz de poner un final adelantado a la vida de una persona bajo procedimientos, términos y condiciones que ni Kafka en la más fantasiosa de sus creaciones habría imaginado.

Insiste también en afirmar que “El debate es si cada persona adulta con una enfermedad incurable e irreversible y que padezca sufrimientos insoportables, tendrá derecho a pedir ayuda para anticipar su muerte.” Según él, hoy nadie tiene derecho a elegir la eutanasia en el Uruguay, porque si alguien accediera a su pedido, cometería el delito de homicidio piadoso (art. 37 del Código Penal). Una conducta parecida, la de quien ayuda a otro a suicidarse, también es delito (art. 315 del C. Penal).”

Entendemos que en la práctica las cosas funcionan de otra manera y que los enfermos terminales no suelen ser abandonados en su sufrimiento ni obligados a sufrir de manera interminable como sostiene. Tampoco va nadie preso por actuar en ese sentido.

Parecería existir una constante tergiversación de la realidad en sus afirmaciones.

Curiosamente él mismo, pretendiendo justificar su proyecto de ley, da sobradas razones vigentes en la actual legislación, para considerarla un oprobio.

“La tentativa de suicidio nunca fue delito en Uruguay, y si una ley la tipificara como tal, sería inconstitucional.” Y agrega: “Por eso, nadie está obligado a someterse a tratamiento médico en caso de enfermedad, lo que está dicho en la Ley 19.286 del Código de Ética Médica de 2014. Incluso antes de esa norma, la práctica médica reconoció siempre el derecho de los pacientes a rechazar todo tratamiento.” Y continúa: “Además, la Ley 18.473 de 2009, llamada de voluntad anticipada, permite que una persona deje establecido que rechaza los procedimientos terapéuticos que pudieran prolongar su vida (como la reanimación). ¿Qué es rechazar el tratamiento médico sino disponer de la propia vida, cuando se sabe que se padece una enfermedad grave que podría ser fatal en caso de no ser atendida?”

Si todo esto que enumera Pasquet existe y está vigente; entonces; ¿Para qué se necesita una ley de eutanasia?

Según Pasquet: “La eutanasia es reconocimiento de la libertad de la persona -de la persona adulta y en su sano juicio, recordémoslo- para poner fin a su vida con ayuda de terceros, cuando se encuentra en las circunstancias previstas por la ley. Sin libertad, no hay dignidad.” (El destacado es nuestro).

Y aquí surge la pregunta; ¿qué entiende Pasquet por libertad?

Una visión netamente estatista de la vida y de la muerte, enmascarada tras la imagen de un político en apariencia liberal, terminaron de aflorar al final del que al parecer – y salvo alguna extraña sorpresa que nos depare la política – sería su último período como legislador.

Basta con revisar alguno de los contenidos del proyecto aprobado en diputados en 2022, comentados en su momento por el diario El Observador, para poder vislumbrar los verdaderos entretelones que lo promueven.

“Hay varias etapas con las que el paciente tiene que cumplir, de las cuales quedará constancia en la historia clínica. Para empezar, la persona que quiera pedir la eutanasia deberá hacerlo ante un médico de forma escrita. 

En ese momento se le dará intervención al primer médico que participará en el proceso. Ese primer profesional tomará nota del pedido, hablará con el paciente para explicarle las alternativas que tiene en términos de tratamientos disponibles y ´verificará que la voluntad´ expresada sea ´libre, seria y firme´. Si alguna de estas cosas no se verifica, el médico podrá dar por ´concluido el procedimiento´. De todas formas, el paciente podrá volver a formular un pedido de este tipo.

Una vez que actúa el primer profesional, será el turno del segundo. Este último tendrá una consulta presencial con el paciente y estudiará su historia clínica, todo en ´un plazo no mayor a diez días´.

Los médicos que actúan deben ser independientes entre sí y no tener ningún tipo de vinculación, tal como establece el proyecto.

´Si el segundo médico confirma la opinión del primero, el procedimiento seguirá su curso´, agrega el escrito. Sin embargo, en caso de que esto no suceda y el segundo médico se oponga, participará un tercer profesional, quien deberá dar su opinión. Si el segundo y el tercer médico se oponen, entonces se dará por terminado el proceso.”

Y según el proyecto aprobado, continúa el proceso con lo siguiente:

“Ahora bien, si la opinión del segundo profesional actuante es favorable para el pedido del paciente, entonces se hará una nueva entrevista con el paciente. Si la persona ´ratifica fehacientemente´ su voluntad, se pasará a la etapa siguiente. Así se entra en la fase de la ´última voluntad´, que supone que la persona ratifique por escrito su intención y lo haga ante dos testigos. 

Con esa ratificación, el médico tratante elevará el pedido al Ministerio de Salud Pública, que deberá comunicar a Fiscalía si entiende que en el proceso se cometió alguna irregularidad.”

Alcanzado este nivel interminable de burocracia, el proyecto contempla en su artículo quinto que: “La voluntad del paciente de poner fin a su vida es siempre revocable. La revocación no estará sujeta a formalidad alguna y determinará el cese inmediato y la cancelación definitiva de los procedimientos en curso”.

Cómo logrará el suicida arrepentido frenar el trámite desde su lecho de muerte es algo que el proyecto ni aclara ni garantiza.

“El proyecto de ley también contempla la objeción de conciencia de los profesionales, quienes podrán negarse a llevar adelante la eutanasia. ´En tal caso, la institución de asistencia médica determinará quién o quiénes deban sustituir a él o a los objetores, garantizando siempre la prestación del servicio´” (el resaltado es nuestro).

Ope Pasquet concluye su columna promocionando su proyecto que en mayo estará a consideración del Senado, con la siguiente frase que transcribimos textualmente: “Parafraseando las estrofas de ´A don José´: libertad en la vida, y en la muerte también.”

Tal vez por el “entusiasmo” que ha puesto desde hace años – con la excusa de tener un amigo padeciendo un mal incurable que desea morir – se confunde el diputado al hablar de libertad.

Desde nuestra visión totalmente antagónica y francamente liberal, pudo haber parafraseado cambiando alguna palabra para terminar afirmando lo siguiente:

Estatismo y burocracia en la vida, y en la muerte también.

Se trata de aprobar una ley que promueve acelerar burocráticamente el natural proceso de morir y de paso sustituir el sacramento de la extremaunción por un trámite. Ni Batlle y Ordóñez se habría atrevido a tanto.

En el fondo, toda esta parodia que ocupa desde hace años a nuestro Parlamento parece broma; pero lamentablemente, no lo es.

En cualquier caso, y de aprobarse el proyecto, sería de esperar que, a sus promotores y ejecutores, llegado el momento, también les sea de utilidad.

Porque cabe pensar que a todos les podría llegar el momento de optar o depender de lo que promovieron.

Visto desde ese ángulo, tal vez sepan reaccionar a tiempo.

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