“Mi libertad termina cuando comienza la libertad del otro”. Con esas palabras de Julio César Lestido, el periodista Ramiro Pisabarro cierra un interesante análisis sobre el artículo 392 de la LUC publicado por El Observador, cuya lectura recomendamos.
El referido artículo, establece que el Estado garantiza el ejercicio pacífico del derecho de huelga, el derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en los respectivos establecimientos y el derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente.
En la reciente visita a Buenos Aires del candidato Yamandú Orsi, empresarios y periodistas habrían preguntado varias veces sobre la posibilidad de que un eventual gobierno suyo pudiera intentar derogar o modificar ese artículo. La respuesta obtenida que al parecer fue extensa y reiterada, se puede resumir en dos palabras: “Veremos, veremos”.
Desde Libertad Responsable, consideramos que cuando se habla de establecer consensos que aseguren a la sociedad continuidad para una atención seria y constructiva de las demandas sociales, hay ciertos asuntos que no pueden quedar librados al azar o sujetos a futuras negociaciones bajo la presión o manejo forzado de intereses corporativos.
Las dudas que perduran sobre el artículo 392 de la LUC, establecido por ley en julio de 2020 y confirmado además por referéndum en marzo de 2022, son un claro ejemplo de la polarización existente en el país, que impide avanzar en armonía hacia un desarrollo firme y sostenido.
La imprudente reforma de la seguridad social a ser plebiscitada en octubre, se plantea y considera bajo esos mismos parámetros.
Son temas cuya definición marca el rumbo y el futuro del país.
No admiten ambigüedades.