Sobre el Derecho al olvido: ¿se desatará un monstruo?

Retomando con el artículo de la semana pasada, que pueden verlo aquí, cuando hablo de la gran memoria que tiene internet y a lo que nos exponemos con nuestras publicaciones en redes sociales, me parece interesante introducir en esta oportunidad, el tema del “derecho al olvido”, que se debatió el pasado 10 de junio en la sala Maggiolo de la Universidad de la República en un panel de expertos, entre los que se encontraban: Carlos Delpiazzo, profesor emérito de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República; Felipe Rotondo, catedrático de Derecho Administrativo e integrante de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP); Edison Lanza, docente en derecho y libertad de expresión; Estanislao Mezzadri, responsable de litigios y asuntos regulatorios para hispanoamérica de Google y; la moderadora Mariela Ruanova, abogada del estudio jurídico Jiménez De Aréchaga, organizador de este encuentro.

La Dra. Ruanova abrió el debate planteando lo siguiente: “la problemática en torno al derecho al olvido, suele ocurrir cuando tenemos un contenido que es publicado en una página web por un editor y luego indexada por un buscador y allí difundida públicamente y, por otro lado, tenemos una persona que entiende que ese contenido le causa un perjuicio y, que por tanto, tiene derecho a que el mundo olvide esa información”. (Canal Youtube de Fundación de Cultura Universitaria. “Panel sobre el derecho al olvido: desafíos para Uruguay, la región y el mundo.” )

En Europa ya se ha legislado sobre la materia. Está contenido en el artículo 17 del Reglamento General Europeo de Protección de Datos. En el caso de Uruguay, se lo entiende como «una extensión o mutación» de los derechos de acceso, rectificación, actualización y supresión, en el marco de principios consagrados en la ley 18.331, informaron a Cromo en 2019 desde la URCDP. (El Observador, “¿Tenés derecho a que internet olvide tu pasado?”)

De todas formas, aún en dónde el derecho al olvido tiene su propia normativa, la aplicación de este derecho y sus consecuencias, han sido y son objeto de debate, al entender de la moderadora. Por un lado, se encuentran quiénes consideran que la aplicación de este derecho es “peligroso”, porque puede vulnerar otros derechos como: la libertad de expresión, el acceso a la información, a la verdad y la memoria colectiva. Y por el otro, están quienes con el derecho al olvido quieren proteger el derecho a la intimidad, al honor y al control de los datos personales.

Según lo debatido entre los expertos, la dificultad se da en primer lugar, porque conceptualmente hablando no hay un consenso sobre qué es el derecho al olvido, qué implica ni cuál es su alcance; a lo que Lanza manifestó: “eso no quiere decir que no se pueda desarrollar un derecho en esta materia a partir de la interrelación e interdependencia con otros derechos”. Delpiazzo por el contrario, mencionó que “no está madura la cuestión… para decir que lo tenemos que regular”.

Por su parte, Mezzardi mencionó que “no hay una definición de derecho al olvido que no limite la circulación de información y, por lo tanto, que no limite la libertad de expresión”. Al respecto, Lanza explicó que en los verbos: buscar, recibir y difundir información, que están en todas las declaraciones (de derechos), se puede ver el alcance de la libertad de expresión. Sin embargo, Rotondo mencionó que para estudiar la aplicación del derecho al olvido, hay que observar el contexto, porque no sería el mismo caso si es una información de interés público o si se trata de datos personales que no son ciertos o que se publicaron con errores.

Para terminar este artículo, me gustaría exponer lo que planteó Lanza, que si bien más arriba destaqué que el experto consideraba que era posible legislar sobre el derecho al olvido, también afirmó que le genera una contradicción, porque al respecto, se está “en un piso que se está moviendo” y agregó que si el dilema tuviera solución a través de la jurisprudencia, sería “magnífico” porque “‘si se siguen produciendo decisiones muy malas que afectan a la libertad de prensa, al derecho a la memoria y la verdad, tal vez uno puede decir ‘bueno, tratemos de meter a este monstruo que se ha desatado en una caja más chica’”. (El Observador, “¿Tenés derecho a que internet olvide tu pasado?”)

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